"En
una serie de informes vamos a desglosar un importante informe que fue
presentado ante la justicia por el Dr
Ricardo Monner Sans, en el cual se hace un exhaustivo análisis de los
ilícitos cometidos en el acuerdo YPF/Chevrón. Llamativamente, luego del
escándalo inicial de aquella firma propulsada por el kirchnerismo, a nivel
nacional es un tema que se “aplacó” (informativamente) con la llegada del
macrismo. ¿Verdad o consecuencia?. En OPI cumpliremos con la saga, tal como lo
venimos haciendo desde el primer día en que arreciaron las sospechas, el
secretismo y el enmudecimiento de la Oficina Anticorrupción, a cargo de Laura
Alonso.
En la constitución del Acuerdo YPF/Chevrón se han cometido
graves delitos que fueron apuntados en sucesivas denuncias presentadas por el
Dr Ricardo Monner Sans, con la asistencia del ex diputado Rubén Giustinani ante
el Juez Sergio Torres, de acuerdo a la documentación a la cual OPI pudo acceder y que,
debido a su extensión, vamos a analizar y pormenorizar en sucesivos informes al
respecto, el cual terminaremos con la publicación del Acuerdo de forma
completa, para que toda la opinión pública tenga conocimiento de la forma en
que el kirchnerismo manejó los recursos del Estado y de qué manera el actual
gobierno nacional, aceptó en silencio ser cómplice activo de este ominoso
acuerdo de partes.
Este acuerdo
recibió las peores calificaciones de parte de la prensa nacional e
internacional en su momento, sin embargo, al menos en nuestro país, parece que
ya nadie recuerda la inconveniencia de resaltar los aspectos anti-argentinos
con que fue elaborado el mismo, más aún cuando lo generó un gobierno que se
decía “nacional y popular”, pero, en realidad, entregaba con manos y pies
atados al Estado nacional a una empresa extranjera, condición que “Cambiemos”
no ha cambiado, ni investigado, ni denunciado. Es por ese motivo, que el Dr
Monner Sans le ha solicitado al Dr Torres que dé intervención a la Facultad de
Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Buenos Aires para que
proponga al Tribunal tres economistas expertos en temas “offshore” con el
objeto de revisar y ratificar lo que está aportado como prueba en la justicia y
ha sido elaborado por un equipo técnico del propio Giustiniani.
Cuando
alguien hablaba
El 24 de
octubre de 2013 el diario estadounidense “The New York Times” hizo público lo
que no se podía decir del acuerdo. Caben destacar dos párrafos del artículo
“Funcionarios petroleros argentinos dijeron que el acuerdo Chevron – YPF
protegerá a la empresa estadounidense de una pérdida pecuniaria ligada a un
cambio de los vientos políticos”, publicó el NYT y agregó: “Si la compañía
invierte U$S 1.200 millones puede retirarse 18 meses más tarde de las
operaciones, sin penalización alguna, y continuará recibiendo los beneficios
netos del 50 % de la producción de los pozos iniciales a perpetuidad”
“El marco de
la negociación se ha manejado íntegramente en Buenos Aires y a la provincia
neuquina sólo le queda acatar lo que decida YPF, que es la que hoy tiene
potestad sobre Vaca Muerta, expresó a Infobae un funcionario de esta cartera
‘en off’.
Marcelo
Bonelli del 11 de marzo de 2016 bajo el título “Galuccio deja YPF con deudas e
irregularidades” incluye un subtítulo esclarecedor: “Galuccio abrió sociedades
en paraísos fiscales. Se conoció su sueldo”.
Allí el
periodista explica el armado lesivo para el interés nacional –diciendo de
Galuccio que llevó adelante “acciones cuanto menos irregulares en la
administración pública”. Y es importante resaltar un párrafo lapidario“El
armado financiero era un secreto que Galuccio solo compartió con la ex
presidenta Cristina KIrchner y con Carlos Zannini. También, con los funcionarios
de YPF que se prestaron a la maniobra”.
Agrega luego
“Galuccio sostiene en privado que utilizó cuentas off-shore y a nombre de
funcionarios de YPF para eludir eventuales embargos de los fondos buitres y de
la Justicia de Ecuador, que le impuso una sanción multimillonaria a Chevron por
daño ambiental”. De ese trabajo surge que Galuccio cobraba cada año cuatro
millones y medio de dólares como “Ceo” de YPF.
Otro artículo
de Marcelo Bonelli del 15 de marzo de 2016, bajo el título “YPF confirmó el uso
de firmas offshore para firmar con Chevron”, al referirse a las cuentas
“offshore” creadas por YPF, cabe rescatar un párrafo sin desperdicio de aquella
nota: “Las cuentas habrían sido creadas por el mismo estudio jurídico que opera
como agente de Chevron en el paraíso fiscal de Delaware”.
En una
tercera nota del colega Marcelo Bonelli del 15 de julio de 2016 se afirma: “El
anterior gobierno firmó cláusulas lesivas con la soberanía y el convenio
incluye un dato insostenible: las inversiones de Chevron entraron a la
Argentina a través de cuentas offshore, cuyos propietarios son varios
directores de YPF”.
Al referirse
a uno de los directores de YPF –Daniel González- señala que “fue el director
financiero que originó esa irregular forma de canalizar la inversión de Chevrón
a través de cuentas offshore”.
Resumen
ejecutivo
En esta
primera entrega vamos a apuntar los detalles en un resumen ejecutivo sintético
y acotado, de los aspectos técnicos del Acuerdo y sus lineamientos ciertamente
desconocidos por la opinión pública en general y lo cual es parte de la
documentación en manos de la justicia, que está siendo analizada por los graves
delitos que implica el acuerdo petrolero que está vigente.
El 16 de
julio de 2013, a exactamente 15 meses de la expropiación del 51% de las acciones
de YPF, se firmó un Acuerdo entre ésta y Chevron, con el anunciado fin de
desarrollar el potencial existente en las reservas de petróleo y gas no
convencionales en Vaca Muerta, lo cual sería un paso en más (iniciado con la
expropiación) en la recuperación de la Soberanía Hidrocaburífera para
Argentina.
El Acuerdo firmado entre subsidiarias de ambas, adquiere el carácter de un
complejo préstamo por parte por un monto total de USD 1.240 millones para ser
invertidos en el desarrollo del yacimiento de recursos no convencionales de
Vaca Muerta, específicamente en el área denominada Loma Campana, cuya concesión
pertenece en un 100% a YPF.
Algunas de
las principales características que presenta son:
• La primera gran característica que sobresale del acuerdo, es la existencia de
un entramado de empresas creadas exclusivamente y que se encuentran radicadas
en lugares que cuentan con mayores discreciones en las operaciones financieras
y/o presentan menores cargas impositivas.
• Otro de los
puntos salientes, en especial teniendo en cuenta que YPF es una empresa
controlada por el Estado Nacional y cuyos acuerdos contemplan la participación
de funcionarios públicos en las negociaciones previas (siendo en muchos casos
celebradas por los mismos y publicitando las mismas como parte de la gestión
gubernamental), es la inclusión de la confidencialidad como un compromiso que
asumen las partes.
• El Acuerdo
incluye una cláusula en la que YPF se compromete a realizar todas las acciones
que posibiliten el menor pago de impuestos, por parte de las empresas
participantes.
• Estará
regido por leyes de Nueva York, y será Paris la sede de tribunales ante
posibles disputas que puedan surgir en torno al mismo.
• YPF, en
tanto empresa controlada por el Estado Nacional Argentino, renuncia al propio
“derecho de inmunidad” con el que cuentan los Estados para no ser sometidos a
juicios por otros estados extranjeros .
• Chevron, en
carácter de prestamista, tendrá el control total de las actividades que se
desarrollen en torno al proyecto; y obtendrá un 50% delas utilidades netas del
mismo.
• Los pagos
por las ventas que se produzcan deberán ser en dólares (o en títulos de deuda
en caso de no poder acceder a las divisas), en una cuenta en Nueva York.
• Pese a
controlar las operaciones y obtener el 50% de las utilidades, la
responsabilidad legal ante cualquier acontecimiento recae exclusivamente en
YPF.
• El Acuerdo,
que otorga el control total de las operaciones, nada incluye respecto al
privilegio de proveedores locales de servicios, o alguna cláusula de “compre
nacional”.
• Tampoco se
incluyen cláusulas que signifiquen algún esquema de transferencia de tecnología
sobre la explotación de recursos no convencionales.
Cuestionamientos
al Acuerdo
Ante estas
características mencionadas, se concluye que el acuerdo presenta varios
cuestionamientos en torno a cinco ejes:
Soberanía
La propia Ley
que formalizó la expropiación por parte del Estado Nacional del 51% de las
acciones de YPF S.A., fue denomina “Ley de Soberanía Hidrocarburífera de la
República Argentina”. Sin embargo, que el acuerdo se rija en base a las leyes
del país de radicación de Chevron y no del que pertenecen los recursos
naturales, la utilización de Tribunales internacionales y la renuncia al
derecho de inmunidad, son aspectos en los que la el concepto de Soberanía
pareciera haber quedado de lado.
Transparencia
La
transparencia, el carácter público de sus actos, en definitiva la utilización
de prácticas de comportamiento que sean acordes al interés general y que
muestren el camino correcto al resto de las empresas, debiera ser una de las
características salientes de YPF; sin embargo, la utilización de empresas
creadas especialmente para este Acuerdo en lugares en los que existen discrecionalidad
en las transacciones financieras y/o menores cargas impositivas, el carácter
confidencial expresamente estipulado en el acuerdo, y el compromiso que se
asume a eludir en la mayor medida el pago de impuestos, expresan
comportamientos que se alejan de lo que debería ser el accionar de YPF, en
tanto empresa controlada por el Estado.
Concesiones
otorgadas
Las
necesidades de contar con recursos para el financiamiento de un proyecto de la
magnitud que significa el desarrollo de Vaca Muerta no merece discusión. Sin
embargo, las condiciones en las que se produce tal financiamiento sí son un
punto a analizar, más cuando se trata de YPF y de la explotación de Recursos
Naturales estratégicos. En este punto, otorgar sin condicionamiento el control
total de las operaciones, pero careciendo de responsabilidad legal por las
acciones, puede tener consecuencias ambientales importantes. Al mismo tiempo,
el aseguro sobre la disponibilidad de divisas, y la obligación de pago de los
hidrocarburos en una cuenta en Nueva York son otros puntos que tienen un
impacto muy fuerte en la economía argentina.
Desarrollo
La promoción
del desarrollo local sobre el entramado de proveedores de bienes y servicios,
que existen alrededor de la explotación de hidrocarburos traería tantos beneficios
como el solo incremento de la producción de petróleo y gas. Compatibilizar
tales objetivos es uno de los desafíos más importantes, y para el mismo desde
el momento de la recuperación del control del Estado YPF se presentó como la
herramienta ideal para alcanzarlo. Sin embargo, el acuerdo carece tanto de la
existencia de mecanismos que aseguren la transferencia de tecnología de
explotación de hidrocarburos no convencionales, como de cláusulas que
signifiquen la ponderación de proveedores locales para dar servicios
necesarios, o cualquier cláusula que privilegie el “compre nacional” de los
bienes de capital.
Autoabastecimiento
La mencionada
combinación entre control total de operaciones a Chevron y falta de
condicionamientos y obligaciones de sostener las actividades e inversiones ante
cambios en las condiciones económicas y teniendo en cuenta que el Acuerdo fue
celebrado previendo un precios del petróleo y gas por encima de los valores
actuales, hacen abrir el debate acerca de si los niveles de producción
esperados alcanzarán aquellos valores previstos.
(Agencia OPI Santa Cruz)
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